Es una batalla de nunca acabar. Los regímenes de visitas no solo es una lucha de los padres, sino que también termina afectando a los hijos. En el programa en vivo de En Tu Defensa, los abogados Martín Fort, Claudia Zumaeta, Lady Peña, Ernesto Núñez y Mónica Salas orientaron a los televidentes sobre qué acciones legales pueden tomar sobre los regímenes de visitas.
Durante el programa, se presentó un reportaje sobre este tema. En el informe se vio el caso de la influencer Ale Venturo y Karla Tarazona, quienes tuvieron complicaciones con el régimen de visitas que tenían establecidos con sus exparejas.
Los abogados explicaron que es el régimen de visitas. La abogada Zumaeta explicó que “es una potestad que brinda el Poder Judicial o un conciliador cuando los padres se ponen de acuerdo para que cuando el padre o la madre tenga en la crianza a su hijo, el otro pueda visitarlo”. Además añadió que “depende del acuerdo que tengas los padres para que el padre que visita puede sacar al menor o no del domicilio”.
La abogada Lady Peña señaló que los padres que se encuentren en pleno proceso judicial, tiene que pedir una medida cautelar donde soliciten un régimen de visitas antes que termine el proceso para que el pedido ya se encuentre en curso.
¿Cómo empezar un proceso de régimen de visitas?
- Partida de nacimiento
- Tiene que haber una tenencia definida
- Tiene que estar al día en la pensión de alimentos
¿Qué pasa cuando uno de los padres incumple la medida de visitas?
Cuando no se cumple la sentencia del régimen de visitas se debe ir al Juzgado a interponer una demanda. Según el artículo 91 del Código del Niño y del Adolescente, el progenitor que impida que el régimen de visitas también puede ser demandado.
Además, parientes como abuelos o tíos del menor también pueden solicitar un régimen de visitas en caso el padre haya fallecido o no se encuentre en el país. El abogado Núñez hizo presente el artículo 90 del Código del Niño y del Adolescente: “El Régimen de Visitas decretado por el Juez podrá extenderse a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”.
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