Dónde ir si conocemos el caso de un adulto mayor en estado de necesidad
Actualizado el: 11 julio 24 | 09:00 am
En nuestro país, miles de personas de la tercera edad se encuentran en estado de abandono. Muchos de ellos no cuentan con el apoyo de algún familiar que vele por su integridad. Algunas veces, los hijos son indiferentes con la situación de sus padres. De acuerdo al INEI, en el 2018, en el Perú existen 633 mil 590 adultos mayores de 70 años y más que viven solos.
Es por ello que el programa de hoy de En Tu Defensa arrancó hablando sobre los derechos del adulto mayor. Nuestras abogadas Claudia Zumaeta, Lady Peña y Mónica Salas estuvieron en vivo en el set y brindaron datos legales para que las personas de la tercera edad conozcan sobre sus derechos y sepan qué hacer si se encuentran en estado de vulnerabilidad.
En primer lugar, las abogadas indicaron que se considera como adulto mayor a personas de 60 años en adelante. Lady Peña inició el debate indicando que muchos peruanos que llegan a la tercera edad no conocen sus derechos.
La abogada mencionó que si el adulto no cuenta con los recursos para valerse por sí mismo, tiene la opción de inscribirse a Pensión 65. Este programa es ideal para aquellos que carecen de condiciones básicas para su manutención. “La ley 30490 habla sobre la Pensión 65 para adultos mayores en estado de indigencia”, comentó la abogada Salas.
Además, señalaron que si esta asignación no es suficiente para ellos, pueden solicitar una pensión a sus hijos. Sin embargo, si estos se niegan, los adultos mayores pueden irse por la vía judicial para demandarlos por alimentos. “Los señores pueden alegar estado de necesidad, enfermedades terminales, enfermedades con necesidad médica vitalicia y también por necesidad económica”, indicó la abogada Zumaeta. La abogada Salas agregó que en caso de que el adulto mayor no tenga hijos, esta persona tiene la opción de demandar a los hermanos.
Por otro lado, Mónica Salas recomendó el servicio de la Mi60+ del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). Este programa fue implementado en julio de 2020 y se encuentra a cargo de la Dirección de Personas Adultas Mayores del MIMP. La iniciativa Mi60+ brinda atención todos los días a través de su equipo de psicólogos, trabajadores sociales y abogados. Ellos acuden donde se encuentra la persona de la tercera edad y evalúan su situación para brindarles soporte en caso hayan sufrido algún tipo de vulneración de sus derechos.
Otro espacio de ayuda para los adultos mayores son los Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM). La abogada Mónica Salas señaló: “Existen los Centro Integral de Atención al Adulto Mayor y funcionan en los municipios. Ahí hay orientación legal, familiar y psicológicas”.
Requisitos para ingresar al CIAM
- Tener 60 años a más.
- Copia de DNI con la dirección de Islay.
- Copia de recibo de servicio (agua, luz o teléfono).
- 1 foto actual tamaño carnet o pasaporte.
- Ficha de datos, otorgada por la administración del CIAM, completa.
Al programa acudió Yolanda Hinostroza junto a su padre Albino. Ellos fueron a denunciar a los tres hijos varones del señor por abandonarlo y, además, por no brindarle ayuda económica. Lo peor de esta triste historia es que uno de los hijos del adulto mayor, quien además es abogado, logró adueñarse de la casa de su progenitor. Este sujeto le hizo firmar una carta poder en el cual renunciaba a sus propiedades y lo desalojó de la casa donde el hombre de la tercera edad vivía. Conoce qué respondieron las abogadas sobre la denuncia en el video ubicado al inicio de la nota.
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